4. RESULTADOS 4.1 CÓMO SE CALIFICA EL EGEL Y CÓMO SON LAS PUNTUACIONES
4.1 Cómo se califica el EGEL y cómo son las puntuaciones El examen es resuelto en una hoja de formato óptico, conocida como hoja de respuestas, Todos los resultados que emite el CENEVAL están expresados en una escala especial El EGEL-IME es un examen criterial lo cual significa que se espera que los sustentantes posean un
nivel de conocimientos mínimos requeridos al egreso de la licenciatura o conocimientos superiores. El dictamen de dominio en que usted se pueda ubicar es independiente del resultado que la propia institución le solicite para poder titularse. Cuando una institución utiliza el EGEL como opción a titulación, ella misma establece el resultado mínimo que exigirá a sus egresados. En este sentido, el resultado del EGEL que entrega el CENEVAL, y el dictamen que se deriva, no señalan ningún valor aprobatorio o reprobatorio del sustentante. Por ejemplo, si un sustentante obtiene un índice CENEVAL de 1039, de acuerdo con el estándar
se ubica en un nivel de dominio satisfactorio; este dato no significa que haya “pasado o reprobado”
el examen, significa que el nivel de conocimientos mostrado en su desempeño en el examen está
por arriba del mínimo deseable. Es posible que la institución tome como punto de referencia los
1000 puntos en Índice CENEVAL para otorgar el título; en ese caso es en la propia casa de
estudios en la que deberá seguir los trámites correspondientes.
A cada persona que sustenta el EGEL-IME se le entrega una constancia/reporte individual como
la que se muestra a manera de ejemplo. Mediante ésta se precisan sus resultados sin expresiones
aprobatorias o reprobatorias. Como se observa, primero se
informa el resultado global del
sustentante: ÍNDICE CENEVAL GLOBAL; luego, los índices para cada una de las Áreas y Subáreas. Dependiendo de sus resultados, usted puede
obtener un Testimonio de Desempeño A. Testimonio de Desempeño Satisfactorio(TDS) B. Testimonio de Desempeño Sobresaliente(TDSS) Como se mencionó, el Índice CENEVAL GLOBAL por sí solo no significa el cumplimiento del estándar. Así, el resultado global obtenido por los sustentantes de los casos C y D aparentemente correspondería al nivel de Desempeño Sobresaliente; sin embargo, el sustentante del caso C obtendrá sólo el Testimonio de Desempeño Satisfactorio debido a que presenta una puntuación inferior a la requerida en el área de Ingeniería Aplicada. En el caso D, el sustentante sí cumple con cada una de las puntuaciones requeridas. Por ello se encuentra en el nivel para obtener el Testimonio de Desempeño Sobresaliente.
4.4 Cómo se entregan los resultados Podrá recoger sus resultados en la institución donde realizó su registro, 20 días hábiles después
de la aplicación3. Además, podrá consultarlos por internet en el portal de CENEVAL, http://www.ceneval.edu.mx, en la sección de «Resultados de exámenes»4.
Los sustentantes están en posibilidad de solicitar revisión de examen. La solicitud se presenta en la misma institución donde el sustentante se inscribió al examen, en un plazo no mayor de seis meses después de haberlo presentado. El proceso de revisión de examen se inicia una vez que el CENEVAL recibe la solicitud por parte del sustentante y el pago correspondiente de acuerdo con las tarifas vigentes establecidas; e implica la realización de una doble lectura y calificación en presencia de dos jueces asignados. El proceso de revisión del examen se lleva a cabo en las instalaciones del CENEVAL con o sin la presencia del sustentante; en el segundo caso, se invita a que un miembro de la coordinación del examen respectivo o un representante legal del sustentante acuda a verificar que el examen en cuestión fue calificado de acuerdo con el código de respuestas correcto. Una vez realizado el proceso de lectura y calificación, los participantes elaboran y firman el acta de revisión de resultados del examen, en la que se confirma o, si es el caso, se corrige el resultado obtenido, informándosele al sustentante en un plazo no mayor de 30 días hábiles a partir de la fecha de la solicitud. En caso de que éste fuera corregido por causas imputables al CENEVAL, se rembolsará al solicitante el monto del pago de la revisión correspondiente.
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